Se incentiva la digitalización industrial. Tiene como objetivo promover la transformación digital de procesos y la creación de productos y servicios tecnológicamente avanzados y de mayor valor añadido en las empresas industriales que consecuentemente suponga un aumento de su competitividad.
Concesión de préstamos, correspondientes a 2016, para el desarrollo de:
- Proyectos de investigación industrial.
- Proyectos de desarrollo experimental.
- Proyectos de innovación en materia de organización de PYME.
- Proyectos de innovación en materia de procesos de PYME.
1. Aplicación de gestión intraempresa/interempresa en la industria manufacturera
- Soluciones de negocio y de inteligencia
- Plataformas colaborativas
2. Comunicaciones y tratamiento de datos en la cadena de valor del sector manufacturero:
- Tratamiento masivo de datos. Open data.
3. Procesos de fabricación
- Fabricación aditiva:
- Nuevo software de modelado o simulación 3D.
- Diseño de nuevos procesos de impresión 3D.
- Diseño de nuevos materiales y tintas.
- Robótica avanzada
- Sensores y sistemas embebidos
Podrán tener la condición de beneficiario las sociedades válidamente constituidas, antes del 1 de enero de 2013, que desarrollen una actividad industrial productiva y que cumplan las obligaciones, condiciones y requisitos establecidos en los artículos 5 y 7 de la Orden IET/895/2016, de 2 de junio.
Las ayudas se destinarán a financiar inversiones y gastos que se realicen desde el día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud hasta un plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de resolución de la concesión, salvo que la convocatoria establezca otro plazo.
- Costes de Personal
- Costes de instrumental y material inventariable: amortizaciones o arrendamiento financiero.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia: subcontrataciones del proyecto, prestación de servicios TIC, consultoría para el diseño o rediseño de productos o servicios, u otra consultoría para PYME, derivados del proyecto, por parte de terceros y la adquisición de patentes que contribuyan ala ejecución del proyecto. No son elegibles: consultoría de gestión y tramitación de la financiación solicitada.
- Otros gastos directos:
- Los destinados a la protección mediante propiedad industrial e intelectual.
- Gastos de explotación adicionales, costes de material, suministros y productos similares (excluido material de oficina).
Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el día siguiente a la fecha de la presentación de la solicitud hasta un plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
El presupuesto financiable mínimo de las actuaciones será de 150.000 euros.
No podrá superar en cinco veces los últimos fondos propios acreditables mediante las cuentas anuales inscritas en el Registro Mercantil correspondientes al ejercicio 2014.
El importe máximo de la financiación a conceder será del 80 por ciento sobre el presupuesto financiable.
El importe de la financiación no podrá superar el préstamo solicitado, y respetará estos límites:
- P. investigación industrial: hasta 10 M€ por empresa y proyecto
- P. desarrollo experimental: hasta 7`5 M€ por empresa y proyecto
- P. innovación org. y procesos PYME: hasta 5 M€ por empresa y proyecto
- Máximo por empresa: 10 M€ para todos los proyectos concedidos
- Plazo máximo de amortización: Diez años incluyendo un periodo de carencia de tres años.
- Tipo de interés de aplicación: El tipo de interés aplicable será del 0%.
- El método de amortización seguirá el siguiente sistema: Las cuotas de amortización de principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.
Se exigirá antes de la resolución definitiva de concesión del préstamo, la presentación de resguardo de constitución de garantía por importe del 20 por ciento del préstamo propuesto.
Plazo de realización de las actuaciones
Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el día siguiente a la fecha de solicitud hasta un plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
Importe de financiación convocado
La financiación que se conceda a consecuencia de las solicitudes presentadas de acuerdo con la presente convocatoria, tendrá una cuantía total máxima de 97.524.450 euros.
- Adecuación a las prioridades temáticas y a los tipos de proyectos susceptibles de ayuda (Criterio excluyente)
- Efecto incentivador de la ayuda (Criterio excluyente)
- Innovación tecnológica (25 puntos)
- Solvencia financiera (20 puntos)
- Calidad de la entidad y del equipo de trabajo (15 puntos)
- Calidad del Plan del Proyecto (20 puntos)
- Impacto socioeconómico y proyección internacional (20 puntos)
- Será desde el día 11/07/2016 hasta el 27/07/2019.
- Vía telemática
- Documentación: formulario de solicitud y cuestionario, memoria del proyecto (según anexo IV de las bases reguladoras), acreditaciones, declaraciones responsables, cuentas anuales, contrato con entidades subcontratadas y documentación asociada,...
El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación es de seis meses.