Composición
1. El Consejo de Gobierno, que será presidido por el Rector, estará compuesto por 30 miembros, además de los representantes natos y los miembros designados por el Consejo Social.
2. Son miembros natos el Rector, el Secretario General, que actuará como Secretario del Consejo de Gobierno, y el Gerente.
3. Los restantes miembros de la comunidad universitaria se distribuirán de la siguiente forma:
a) 9 designados por el Rector.
b) 12 elegidos por el Claustro de entre sus miembros.
c) 9 elegidos entre Decanos de Facultad, Directores de Escuela y Directores de Departamento e Institutos Universitarios de Investigación.
4. La composición de los miembros elegidos por el Claustro será la siguiente:
a) 6 funcionarios doctores de los cuerpos docentes universitarios.
b) 2 funcionarios no doctores de los cuerpos docentes universitarios y personal docente e investigador contratado.
c) 3 estudiantes.
d) 1 miembro del personal de administración y servicios.
5. La composición de los elegidos entre Decanos de Facultad, Directores de Escuela y Directores de Departamento e Institutos Universitarios de Investigación será la siguiente:
a) 5 Decanos de Facultad y Directores de Escuela.
b) 4 Directores de Departamento e Institutos Universitarios de Investigación.
Duración del mandato
El Consejo de Gobierno se renovará, con carácter general, cada cuatro años según la normativa electoral de la Universidad.