Salidas profesionales
Mundo Laboral
Principal: acceso a la profesión de abogado, siendo exigida la obtención del título profesional de abogado derivado del presente máster, cursado en ésta u otras universidades, para la colegiación en los correspondientes colegios profesionales en España (art. 1.4 Ley 34/2006). Toda vez procedida a la colegiación en España podrá optarse a la colegiación en cualesquiera Estados miembros de la Unión Europea en virtud del derecho de establecimiento, una vez tenga lugar, en su caso, la superación de la respectiva prueba de aptitud dispuesta en el país de acogida.
Otras salidas: si bien la obtención del título derivado del presente máster se dirige con carácter prioritario y preferente a la profesión de abogado, el mismo puede resultar sumamente útil para el desempeño de cualesquiera profesiones jurídicas donde tenga lugar el desarrollo de labores de asesoramiento y empleo de conocimientos jurídicos en los ámbitos propios del máster, como por ejemplo, formación continua de profesionales de la abogacía y procuradoría, asesoría jurídica en instituciones públicas y privadas, consultoría jurídica en asociaciones sin ánimo de lucro y ONGs, ... étc.