La Certificación Supletoria del Título es un documento que sustituye al título hasta que éste sea impreso. Tiene los mismos efectos que el título y tendrá una validez de un año dese la fecha de emisión. El plazo de validez constará en la propia certificación.
Incluirá, además de los datos esenciales que deben figurar en el título, el Número de Registro Nacional de Titulados universitarios oficiales (NRNT) y será firmada con sello electrónico.
Se expedirá a todos los solicitantes del título de Grado, Máster y Doctor y se remitirá al correo institucional que tienen como alumnos de la UBU y al correo personal. El alumno también podrá obtener la Certificación Supletoria del Título entrando en su expediente a través de UBUvirtual en el apartado de Documentos Firmados y descargar el documento.
Normativa:
Artículo 14 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto
Disposición adicional tercera del R.D. 22/2015, de 23 de enero (BOE de 7/02/2015)